A partir de noviembre de 2020, entra en vigor la modificación realizada a la Ley Federal de Trabajo, que de manera sustancial ha dado un giro de 180º a la impartición de justicia laboral. Para ello se ha decretado la extinción de las Juntas de Conciliación y Arbitraje que dependían del Poder Ejecutivo y en su lugar se crean los Tribunales del Trabajo dependientes ahora del Poder Judicial.
Se crean los Centros de Conciliación y Registro Laboral tanto a nivel federal como local.
Una nueva figura jurídica, es la Conciliación pre-judicial, la cual es indispensable agotar antes de poder presentar una demanda. Con el nuevo procedimiento se busca que los juicios individuales por despido sean más ágiles y menos viciados, sin embargo, dentro de esos cambios se han incluido nuevas obligaciones procesales para los patrones, las cuales será indispensable observar y cumplir ya que de lo contrario se perderán muchos juicios en perjuicio de la clase patronal con todas sus implicaciones económicas.
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